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CAMBIO DE PRESIDENTE EN LA FCF
labtec:
--- Cita de: Inda en 19 de Septembre de 2018, 19:37:18 pm ---
--- Cita de: labtec en 19 de Septembre de 2018, 14:44:21 pm ---Enhorabuena al Sr. Soteras por su nombramiento, es uno de los hombres más capacitados para llevar las riendas de la FCF.
Su trabajo debería estar entre otras labores encaminado para poner todos los estamentos de la Federación al día, los registros de los Clubs actualizarlos, por un lado tienen a un Club registrado que por fecha debería ser el "decano del fútbol español" por otro lado, no puede ser que un club de reciente creación con CIF propio, utilice la de otro Club desaparecido, ¿qué diría la hacienda pública sobre este hecho? son dos muertos entre otros, que le ha endosado el todo honorable Sr. saliente, lo dicho hay que ponerse al día.
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Sembla que li vols donar molta feina :mmmm
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Si el Presidente Sotera piensa que ya está todo hecho, creo que se equivoca, no solo vale llegar a la FCF y sentarse en la poltrona para ver como pasan los días, las jornadas y las temporadas, si es así no tendrá buen final.
A la noticia me remito, el Honorable presidente saliente, actuó como si fuera la FCF su cortijo o huerta personal, eso es lo que da a entender por su actuación en la misma, bajo su responsabilidad hay cosas que no se llegan a entender, aunque hoy en día en vez de actualizar los datos, resulta que desaparecen de la WEB oficial de la FCF.
Y ahora, la noticia de hoy, alarmante para el mundo del fútbol catalán y del resto del país, por su bien espero que se demuestre lo contrario de lo que le imputan, pero hay cosas dentro de la FCF más sencillas, que no se ajustan a la realidad.
labtec:
Joan Soteras, nuevo vicepresidente de la Federación Española
Joan Soteras, presidente de la Federación Catalana de Fútbol, ha sido nombrado vicepresidente de la RFEF
El presidente de la Federación Catalana de Fútbol, Joan Soteras, ha sido nombrado como nuevo vicepresidente de la Federación Española de Fútbol (RFEF) por parte de Luis Rubiales, en el marco de la reunión con los clubes de Segunda B y Tercera División, que se ha celebrado este jueves en la Ciudad deportiva de Las Rozas de Madrid.
mss:
https://www.marca.com/futbol/2023/09/29/6516b54a22601df2428b45f6.html
Es notícia, malauradament
labtec:
--- Cita de: mss en 29 de Septembre de 2023, 23:12:17 pm ---
https://www.marca.com/futbol/2023/09/29/6516b54a22601df2428b45f6.html
Es notícia, malauradament
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Ya no por la noticia, es que dentro de la FCF están sucediendo cosas extrañas, como repetir las elecciones etc., es que no se está trabajando como se debería y el presidente está en entredicho.
labtec:
Ho diu la jutgessa i no és cap broma: penes de presó
Publicat 21 de juny de 2024 | per Redacció
La jutgessa del 2 de Sabadell té la paraula sobre el contenciós cap a 9 investigats de la FCF
La confiscació de mòbils, comptes d’e-mails i dispositius electrònics als 9 investigats al Jutjat d’Instrucció 2 de Sabadell assenyalen cap a penes de presó superiors a dos anys
La confiscació de mòbils, comptes d’e-mails i dispositius electrònics als 9 investigats al Jutjat d’Instrucció 2 de Sabadell assenyalen cap a penes de presó superiors a dos anys
Dels 9 investigats (es deia “imputats” fa uns anys), dos són directius (Joan Soteras i Víctor Güell), la resta treballadors (José Miguel Calle Echevarría com a director general; Álvaro ontoliu Tarragona, com a assessor de Soteras; Sergio Garrido Amestoy com a responsable d’administració i assessoria jurídica, Alberto Prieto Carretero, com a cap del gabinet de Presidència, com a cap de compres; Jesús Manchado Lozano, com a responsable de recursos humans; Alejandro Guerrero Fernández, secretari del comitè de futbol sala.
PENES, DETALLS I MÉS DETALLS AL SUMARI
Un cop aixecat el secret de sumari, es van coneixent molts detalls. Per exemple, les condemnes que es podrien imposar als investigats si es demostra que puguin haver comès delictes.
A la interlocutòria de 2 de març de 2024, la jutgessa de Sabadell avança que, en cas de confirmar-se la comissió dels delictes, podrien imposar-se als seus autors penes superiors als dos anys de presó.
Segons fonts judicials consultades, quan hi hagi indicis de la comissió de delictes que puguin implicar penes de presó superiors als dos anys de presó, és força probable que el jutge ordeni la confiscació de mòbils i dispositius electrònics dels presumptes autors dels fets, pel posterior bolcat/clonat.
La jutgessa detalla a la seva interlocutòria quins són els delictes pels quals estan sent investigats les 9 persones de la FCF, sense perjudici que al llarg de la investigació, puguin existir variacions.
ELS DELICTES I ELS CÀSTIGS (1)
Article 395 Codi Penal (FALSEDAT EN DOCUMENT PRIVAT)
El que, para perjudicar a otro, cometiere en documento privado alguna de las falsedades previstas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
Article 392 Codi Penal (FALSEDAT EN DOCUMENT PÚBLIC)
El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años i multa de seis a doce meses.
Article 390 Codi Penal
1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:
Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
Faltando a la verdad en la narración de los hechos.
ELS DELICTES I ELS CÀSTIGS (2)
Article 252 Codi Penal (ADMINISTRACIÓ DESLLEIAL)
1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.
Article 248 Codi Penal:
Pena de prisión de seis meses a tres años. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre este y el defraudador, los medios empleados por este y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
Article 250 Codi Penal:
Penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.
Una altra cosa serà, si es confirmen aquests delictes i les condemnes, quin serà el càstig (se sumen? es posa la pena més alta?, …). El tema és molt complex
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